MILAGRO SALA A UN PASO DE VOLVER A SU CASA.

ACLARACIÓN NECESARIA: La redacción de FEDERACIÓN AL DÍA (o sea yo, Carlos «Pato» Suárez, DNI 16.466.136, periodista hace 26 años) no tiene una postura tomada sobre lo que podríamos llamar «El caso Milagro Sala». Hay que decir que una vez publiqué en Facebook como una broma, «¡Aguante el Perro Santillán!» en homenaje a esa figura señera durante el menemismo en Jujuy. ¡Se me vinieron encima todos puteándome! Ahora que los organismos internacionales (tan tenidos en cuenta y respetados ahora por los que los criticaban duramente cuando «intervenían» durante el gobierno nacional anterior) piden la libertad o -como mínimo- la prisión domiciliaria; ahora que la Comisión Internacional de Derechos Humanos -la CIDH- se ha reunido con Milagro Sala y el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales; ahora que el marido de Milagro Sala asegura en las radio de la CABA que «habrá novedades en próximas horas»; ahora se conoce que hay muchas probabilidades que quede en libertad.

¿Será realmente Milagro Sala una presa política? ¿Está presa por organizar una movilización popular o por quedarse con dinero en nombre de la Agrupación Tupac Amaru?

La mirada de la especialista Verónica Heredia sobre la medida cautelar de la CIDH que ordena que Milagro Sala no siga en prisión.
POR: Verónica Heredia.
En los últimos diez años, la CIDH adoptó 14 medidas cautelares a favor de personas en Argentina a fin de proteger sus derechos. Siete lo fueron a favor de personas privadas de su libertad en las provincias de Buenos Aires, Mendoza.  La última fue la adoptada el 28 de julio de 2017 a favor de Milagro Sala, privada de su libertad en Jujuy.
 
La CIDH recuerda una y otra vez la excepcionalidad de la prisión preventiva. Sin embargo vemos una y otra vez como jueces y juezas dictan prisión preventiva día tras día. Mientras no se encuentre firme la sentencia que condena a una persona a la pena privativa de la libertad, todo tiempo que permanezca presa es prisión preventiva. La Corte Suprema de Justicia establece que una sentencia adquiere firmeza recién cuando ella rechaza la queja por recurso extraordinario federal denegado. 

En el caso de Milagro Sala, la CIDH advierte que ya el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitrarias, que calificó su detención como arbitraria y violatoria de los estándares del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y recomendó su liberación inmediata. 

Hasta la fecha el Estado no adoptó ninguna medida al respecto. No puede escudarse en que se trata de una decisión autónoma de una provincia. El carácter de Estado federal no sustrae de sus obligaciones a un Estado, según el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y el artículo 28 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El sistema federal que estatuye la Constitución Nacional, en el cual el respeto por las autonomías locales determina que cada provincia dictará para sí una Constitución que asegure, entre otras cosas, su administración de justicia (artículo 5), no resulta incompatible con los deberes que recaen en la cabeza del Estado, por cuyo incumplimiento deberá responder ante el sistema inter americano de protección de los derechos humanos.
FOTOS: lavaca.org -FOTO DE PORTADA: Verónica Heredia, abogada.

Sobre el Autor

Carlos Suarez
Periodista egresado del ISET N° 18 "20 de Junio" de Rosario, S.F. en 1990. Participó del Primer Congreso Internacional de la Comunicación y el Periodismo en 1998. Colaboró con el programa LA OREJA de Radio Rivadavia conducido por Quique Pesoa en 1992. A partir del 1 de octubre de 2018 condujo VIVA LA MAÑANA por Radio Viva 104.9 de Federación, E.R. En este 2019/2020 administra y redacta en esta página Federación al Día. A partir del 29 de junio de 2020 volvió a FM Stereo 99.3 con el clásico "Demasiado temprano para mentiras", desde las 7 de la mañana. En marzo de 2021 comenzó el nuevo ciclo "La Mañana de Uno" por la 106.1, de lunes a viernes y de 9 a 12 de la mañana.

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