La Cámara de Casación Penal de Concordia en una resolución del 3 de octubre dio a conocer la sentencia en el marco de la causa donde se juzga la muerte del productor Juan Alfredo Pezzelatto, ocurrida en Colonia La Argentina en enero de 2016 durante un asalto por parte de una banda proveniente de la ciudad de Concordia. En la misma ocasión también resultó herido de bala el hijo de la víctima quien, a su vez, hirió a uno de los delincuentes.
Siguiendo el hilo cronológico de los distintos capítulos judiciales en el año 2018, en juicio abreviado se condenó a Ulises Andres Ferreyra, a la pena de 16 años de prisión por la muerte de productor federaense, por el delito de Homicidio y Robo mientras que un menor, al momento del hecho, (17 años) fue condenado también por los dos delitos y en el 2018 la juez chajariense Griselda Moscatelli absolvió al menor G.M.F. por el delito de Homicidio.
Ante este fallo la familia de la víctima interpuso recurso de casación, lo que motivó la intervención del tribunal concordiense.
De ese modo, el tribunal integrado por Silvina Gallo, Darío Perroud y Aníbal Lafourcade hizo lugar al planteo presentado por el abogado de los familiares, Ignacio Doubell, y anuló la absolución.
Al mismo tiempo, condenó a GMF a la pena única de 9 años de prisión. Esta condena comprende la muerte de Pezzelatto y un robo agravado ocurrido posteriormente en Concordia.
El Tribunal reprocha duramente la absolución y consideró como una “puesta en escena” los informes sobre la “supuesta evolución” del menor y destacaron que la magistrada de primera instancia había incurrido en arbitrariedad y concluyeron que “la Sra. Jueza de Menores ha efectuado un análisis sesgado de los elementos probatorios, tomando algunos y obviando otros”.
Más allá de la condena del joven imputado, es importante recordar que en 2017 el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia había condenado a otro imputado, Ulises Andres Ferreyra, a la pena de 16 años de prisión por la muerte de productor federaense.
La absolución
El pasado 2 de julio del 2018, en la causa Nº 5622/18 caratulada “F.G.M. S/ INTEGRACIÓN DE SENTENCIA”, la jueza de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Chajarí, Griselda Mabel Moscatelli, dictó una sentencia en el marco de la causa donde se juzga la muerte del productor Juan Alfredo “Cacho” Pezzelatto, ocurrida en Colonia La Argentina en enero de 2016 durante un asalto por parte de una banda proveniente de la ciudad de Concordia. En la misma ocasión también resultó herido de bala el hijo de la víctima quien, a su vez, hirió a uno de los delincuentes.
Recordemos que el hecho tomó notoriedad por sus características y gravedad, generando gran impacto en la ciudad de Federación, donde se llevaron a cabo varias marchas en reclamo de justicia.
Luego de las investigaciones correspondientes y ante la cercanía del juicio oral, dos de los acusados decidieron declararse culpables por el hecho. Así fue que en el mes de agosto de 2017 el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia condenó a Ulises Andes Ferreyra a la pena de 16 años de prisión y en el caso del menor identificado como GMF (de 17 años al momento del ilícito) el tribunal lo declaró también responsable del delito de robo seguido de muerte, remitiendo los antecedentes al Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Chajarí para que fije la pena correspondiente, por resultar el Juzgado de menores competente en el caso.
Sin embargo, en un llamativo e insólito giro, la Magistrada decidió eximir de pena y Absolver al menor que ya había asumido su responsabilidad en la muerte de Pezzelatto. Para tomar la decisión de Moscatelli tuvo en cuenta un presunto arrepentimiento del joven, su desfavorable contexto social y su “buena evolución” en el seguimiento que hizo el COPNAF.
Más allá de lo decidido, vale aclarar que GMF cuenta actualmente con 19 años de edad y se encuentra cumpliendo una pena de 9 años de prisión en otra causa por los delitos de robo doblemente agravado y tenencia ilegal de arma de guerra, ambos cometidos en Concordia mientras era investigado por la muerte del productor federaense.
Si bien en el Juicio abreviado oportunamente todas las partes, incluida la querella, acordaron que la eventual resolución de la jueza Moscatelli no sumaría “más años” a la condena del menor en aquella oportunidad y que su situación en años no cambiaría, lo que llama la atención es que en definitiva se absuelve por un robo seguido de muerte y solamente queda firme por un robo cometido posteriormente por el menor, por lo cual es sancionado con 9 años.
FUENTE: Tal Cual Chajarí.-
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