¿CÓMO FUNCIONA EL JUICIO PARA SACAR A UN JUEZ O A UN FISCAL?

El juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi, será sometido a un jury, instituto que prevé la Constitución provincial y que tiene como castigo la remoción del cargo del acusado denunciado por mal desempeño en sus funciones.
La Carta Magna entrerriana determina que es el Jurado de Enjuiciamiento el organismo encargado de juzgar la conducta de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos. También, detalla quiénes integran el jurado y qué plazo existe para que emitan una sentencia.
Dicho organismo está integrado por tres miembros del Superior Tribunal, dos legisladores y cuatro abogados (dos titulares y dos suplentes) de la provincia, y dos designados por organizaciones sociales en representación ciudadana. Hoy, el Jurado no cuenta con integrantes de organizaciones sociales, como manda la Carta Magna.
Para el período 2016-2017, al Jurado de Enjuiciamiento lo encabeza el diputado provincial Diego Lara (Frente para la Victoria). Y lo integran, por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos: Bernardo Salduna, Daniel Omar Carubia y Emilio Aroldo Eduardo Castrillón. En caso de que alguno de los magistrados no asuma en el Jurado, lo hará un suplente. Por el Senado: Ángel Giano (titular) y Roque Ferrari (suplente); por la Cámara de Diputados, Lara (titular) y Rosario Romero (suplente). Por el Colegio de Abogados de Entre Ríos: Jorge Campos, y Roberto Behéran (titulares). Y Jorge Ricardo Moreira Ghiglione y Héctor Fidel Rodríguez (suplentes).

Qué dice la Constitución Entre Ríos


El artículo 194° de la Constitución entrerriana señala que “los funcionarios letrados de la administración de justicia serán inamovibles mientras dure su buena conducta, y los no sujetos a juicio político, sólo podrán ser removidos por el jurado de enjuiciamiento, en la forma establecida en esta Constitución”.
El artículo 201° dice que también podrán ser sometidos al Jurado de Enjuiciamiento, en caso de ser denunciados por mal desempeño, los representantes del ministerio fiscal y ministerio pupilar, el fiscal de Estado, el Contador General, el Tesorero General de la Provincia, los miembros del Tribunal de Cuentas, el Director General de Escuelas y vocales del Consejo General de Educación.
La Constitución provincial, en su sección VIII, en su artículo 218°, establece que los funcionarios judiciales letrados “no sujetos a juicio político”, podrán “ser acusados, por faltas o delitos cometidos en el desempeño de sus funciones, ante el Jurado de Enjuiciamiento”. El Jurado tiene asiento en Paraná y su sede funciona en el ámbito del Superior Tribunal de Justicia.

El artículo 220°, sostiene que “la ley respectiva determinará los delitos y faltas de los funcionarios que autoricen la acusación de los mismos ante el Jurado y reglamentará el procedimiento a que debe ajustarse la sustanciación de las causas promovidas”. Cabe señalar que actualmente no existe un reglamento de procedimiento.

La reglamentación del Jurado de Enjuiciamiento tuvo una media sanción de la Cámara de Diputados el 23 de septiembre del 2009, pero hasta hoy no fue tratado por el Senado. Ello implica que no exista un procedimiento sobre cómo proceder en estos casos.
En tanto, el artículo 221° indica que lo miembros del jurado podrán ser recusados y excusarse, siempre bajo causa fundada. El artículo 222°, establece que “el funcionario acusado podrá ser suspendido en su cargo por el Jurado durante el curso de la sustanciación de la causa”. Ello es factible que sucederá con el juez Rossi.

El artículo 223° fija el plazo en el que el Jurado de Enjuiciamiento debe dar su veredicto por la absolución o destitución: 30 días desde que el jury es presentado ante ese tribunal especial. Si vencido ese término el Jurado se haya expedido, se presumirá la inocencia del acusado y se lo restituirá en el cargo.

En el transcurso de la semana avanzará el Jury –que trabajan diferentes legisladores- contra el juez Rossi, cuestionado por haber dejado en libertad en 2016 a Sebastián Wagner, principal sospechoso del femicidio de la joven estudiante Micaela García.

Ahora le apuntan al fiscal

Carlos Alfredo Rossi, el juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú que el 1° de julio de 2016 firmó una resolución que dejó en libertad condicional a Sebastián Wagner, principal sospechoso por el femicidio de la joven estudiante Micaela García, ahora está en boca de todos.

Desde el ministro de Justicia, Germán Garavano, pasando por el exjefe de Gabinete de Cristina Kirchner, Juan Abal Medina, hasta llegar a los legisladores de todos los bloques de la Legislatura de Entre Ríos, todos, de modo unánime, reprochan aquella medida, la consideran causal de destitución y de juicio político. Más aún, el juez soportó escraches en su casa, y marchas hacia los Tribunales de Gualeguaychú para pedir su destitución, sin más trámite.

Hasta el gobernador Gustavo Bordet habló de la Justicia tras conocer la noticia sobre el falta desenlace de la búsqueda de la chica: “A las jornadas de extrema incertidumbre y mucho esfuerzo se suma ahora esta noticia que nos llena de dolor, como padres, y fundamentalmente como sociedad”, dijo.

Y agregó Bordet: “Espero que la Justicia ayude a recomponer, aunque sea en parte, esta herida tan profunda, y se puedan llevar adelante las transformaciones necesarias para que esto no vuelva a ocurrir”.

El primer paso en concreto la dio el senador Nicolás Alejandro Mattiauda (Cambiemos), (foto de la derecha) que el sábado se presentó en los Tribunales de Concordia, a través de su abogada, María del Rosario La Madrid, y formuló una denuncia contra el juez Carlos Alfredo Rossi, Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Gualeguaychú, a fin de elucidar si la conducta del funcionario en el caso “Wagner, Sebastián José Luis s/ Ejecución de Pena” (Expte. Nº 1456), tramitado por ante dicho juez, constituye genéricamente la causal de mal desempeño en el ejercicio de sus funciones”. La petición del senador no será evaluada por la Justicia sino que irá al Jurado de Enjuiciamiento.

Pero también el senador Francisco Morchio (Cambiemos) anunció que irá en igual dirección, aunque de modo más amplio: este lunes, a las 9, en la Municipalidad de Gualeguay, está convocada una reunión de la que tomarán parte senadores y diputados del bloque de la oposición, más la diputada Mariela Tassistro (Frente Renovador) para coordinar el planteo para enjuiciar a Rossi. Lo mismo anunciaron los diputados Alejandro Bahler (Frente Renovador) y Ricardo Troncoso (radical); y este lunes se espera una reunión del Frente para la Victoria: la diputada Rosario Romero trabajó durante el fin de semana en la presentación que hará el oficialismo contra el magistrado.

Todos apuntan contra Rossi. ¿Pero sólo Rossi es responsable de la libertad de Wagner?
Pero releyendo el fallo del juez saltan algunas dudas.
En aquel fallo de julio de 2016, se lee:

“De hecho, adviértase que, al tiempo de oponerse a la incorporación del interno al régimen de la libertad condicional, tanto los evaluadores judiciales, administrativos, así como el Fiscal General de Coordinación, se oponen a la libertad anticipada y simultáneamente indican que Wagner continúe usufructuando las salidas transitorias. El dictamen no sólo es inconsistente, sino que también resulta contradictorio; pues si entiende que el nombrado no puede acceder al régimen de la libertad condicional porque, en función de sus antecedentes violencia sexual y de consumo de drogas y que entonces su personalidad, constituye un riesgo para la sociedad, no se alcanza a comprender cómo es posible que tales partes lo habiliten para continuar egresando periódicamente del establecimiento. Se presenta, a la luz del dictamen, una situación imposible desde la lógica, cual es la de considerar que, si egresa al medio social en libertad condicional, Wagner es peligroso, pero si lo hace en función del régimen de salidas transitorias, deja de serlo. En ese orden de ideas, y así como ya fue señalado, desde abril de 2015, momento en el que se le otorgaran las salidas socio-familiares, y exceptuando la suspensión por una vez ya reseñado, y valorado el causante viene egresando del establecimiento carcelario con pleno consentimiento de la fiscalía y, en aplicación de lo previsto en el art. 16 de la ley 24.660, ha venido interrelacionándose socialmente con el medio libre. Durante ese lapso ha tenido suficientes oportunidades para quebrantar la pena impuesta y para reiterar la conducta que lo ha llevado a prisión y, sin embargo y en contrario al vaticinio del equipo interdisciplinario judicial, no lo ha hecho. En definitiva, Wagner se ha encontrado sometido a prueba por espacio de más de un año y tres meses continuos y la autoridad directa de aplicación no encontró elemento alguno que permita suponer que el presente proceso de ejecución penal no fuera, hasta el momento, exitoso.”

El juez habla del fiscal de Coordinación de Gualeguaychú, Lisandro Beheran, (primera foto arriba a la izquierda) y del defensor oficial, Pablo Alberto Ronconi, de su propio equipo técnico del Juzgado de Ejecución de Penas y del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, que, en mayor o menor medida, se opusieron a la libertad condicional en 2016, pero aprobaron las salidas transitorias que tenía Wagner desde 2015.

Una de las voces disonantes en medio de una discusión sin grietas es la de la abogada Claudia Cesaroni, presidenta del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos de Buenos Aires, que dijo: “No sé quién mató a Micaela. Ayer, antes de enterarnos de su muerte, dije que la detención de Wagner me resultaba sospechosa, porque es el ´culpable´ ideal: con antecedentes y libertad condicional. No digo que no haya sido el autor, digo que me genera dudas. Y si efectivamente fue él, la muerte de Micaela no puede imputarse al juez, que cumplió con hacer efectivo un derecho (la libertad condicional) constitucional. No le acortó la pena, le otorgó un derecho legal. Wagner ya venía con salidas transitorias (sale y vuelve a la cárcel), sin ningún problema, así que era lógico que tuviera libertad condicional. El argumento de que los informes penitenciarios eran contrarios, es absurdo: siempre los informes (salvo escasas excepciones que confirman la regla) son contrarios, siempre se basan en vaguedades. No se puede predecir lo que va a hacer una persona, no lo puede predecir ni el juez, ni el fiscal, ni un psiquiatra. El sistema de libertades progresivas está vigente aquí y en todo el mundo civilizado: si la cárcel tiene un límite, si los años de cárcel tienen un tope, es mejor que los presoss vayan saliendo antes de la soltura definitiva. Pueden volver a cometer delitos? Por supuesto, como cualquier persona que nunca estuvo presa. Como cualquiera de ustedes, o como yo”.

Un miembro de la Justicia de Entre Ríos hace una lectura en esa misma dirección. “Wagner hacía un año que tenía salidas transitorias, y ni el fiscal ni el equipo técnico se opusieron. El defensor oficial aconsejó la libertad condicional, el juez lo resolvió así y el fiscal no apeló. La destitución no tiene futuro. Si lo destituyen, Rossi puede ir a la Corte, que lo va a confirmar en su cargo, le van a tener que pagar salarios no percibidos y más la indemnización”, razonó.
“Le quieren hacer un jury por haber dejado libre a Wagner, no porque Wagner se supone que mató a Micaela, hecho por el cual no está imputado porque no se ha hecho juicio. Pero si se quieren echar culpas, hay que decir que el fiscal no apeló. El fiscal debió ir en Casación. Y no lo hizo”, apuntó.

En el asunto opinó el abogado penalista de Gualeguaychú Fabián Otarán, amigo personal del juez Rossi, que dijo: “No hay incidencia causal entre la libertad concedida por el juez y el crimen cometido por el liberado. El argumento es tan simple como contundente, y por eso todos los que tienen interés malsano lo ocultan. Si el juez hubiera seguido el dictamen fiscal y no hubiera accedido al beneficio de la libertad del incurso, el crimen igual se hubiera cometido. Por el simple hecho que el asesino gozaba de salidas transitorias que también le permitían estar en la calle”.

(Entre Rios Ahora)-

 

Sobre el Autor

Carlos Suarez
Periodista egresado del ISET N° 18 "20 de Junio" de Rosario, S.F. en 1990. Participó del Primer Congreso Internacional de la Comunicación y el Periodismo en 1998. Colaboró con el programa LA OREJA de Radio Rivadavia conducido por Quique Pesoa en 1992. A partir del 1 de octubre de 2018 condujo VIVA LA MAÑANA por Radio Viva 104.9 de Federación, E.R. En este 2019/2020 administra y redacta en esta página Federación al Día. A partir del 29 de junio de 2020 volvió a FM Stereo 99.3 con el clásico "Demasiado temprano para mentiras", desde las 7 de la mañana. En marzo de 2021 comenzó el nuevo ciclo "La Mañana de Uno" por la 106.1, de lunes a viernes y de 9 a 12 de la mañana.

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