CUANDO LA BANDA ORIENTAL NO ERA EL URUGUAY: ANIVERSARIO DE LAS INSTRUCCIONES DEL AÑO XIII.

El historiador argentino Pepe Rosa, en su memorable retrato sobre José Artigas, lo recuerda pidiendo en Buenos Aires 50 pesos y 150 sables para alzar a la Banda Oriental contra los españoles. Asombrado por la parquedad del pedido el deán Funes le pregunta quién es y él contesta secamente: «El Jefe de los Orientales».

Ese hombre de la respuesta arrogante es el mismo que en abril de 1813, hace más de dos siglos, en el predio montevideano donde hoy se alza el Hospital Británico, ante una asamblea de diputados pronunció con humildad republicana su frase más célebre, la que varias generaciones de escolares uruguayos aprendieron de memoria: «Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana».

Después de tan democrática presentación Artigas envió a esa asamblea sus célebres Instrucciones del Año XIII, quintaesencia de su acendrado liberalismo y catecismo que regiría su actuación pública. Son instrucciones a sus diputados cuya lectura no les vendría mal a nuestros actuales legisladores y gobernantes, sobre todo a quienes quieren ver en el prócer a un antecesor de los caudillos populistas y autoritarios que tanto daño han hecho y hacen por estas latitudes.

Eso lo desmiente, para empezar, su pensamiento político plasmado en la instrucción de promover «la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable». Lo de la libertad civil era algo arraigado entre los diputados del año 13, pero no así lo de la libertad religiosa que consagraba la libertad de conciencia con una concepción laica infrecuente entre los libertadores latinoamericanos de la época- que cavaría una honda huella en la futura sociedad uruguaya.

Del mismo modo también abriría un surco su enumeración de las funciones esenciales del gobierno entre ellas la de «conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos». Nótese la apelación a cuidar de la seguridad pública, un tema tan vigente entonces como ahora. Las Instrucciones delinean además un gobierno organizado en torno a los tres grandes poderes que, según advierte Artigas, «serán independientes en sus facultades», algo que debería llamar a reflexión a quienes hoy acometen de manera sistemática contra el Poder Judicial.

Para completar la descripción de ese gobierno democrático que alentaba y asegurar su estabilidad futura, dicta una instrucción varias veces ignorada en nuestra historia, más recientemente por los militares golpistas de 1973 que cínicamente solían invocar la obra de Artigas como guía y motivo de inspiración. Es la que reza así: «El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los pueblos». Huelga decir que esa frase fue cuidadosamente eliminada por los golpistas entre las que fueron seleccionadas para ser expuestas, a grandes trazos, en el mausoleo del prócer en la plaza Independencia.

Las ideas predominantes en la Constitución de Cádiz de 1812 («la Pepa») y sus largas conversaciones con el naturalista español Félix de Azara, a quien acompañó en su expedición por el interior, así como los escritos de los norteamericanos Thomas Payne y Thomas Jefferson, obraron como fuentes del pensamiento artiguista plasmado en las Instrucciones. Como explicó tiempo atrás el historiador Héctor Miranda, el mérito de Artigas no consiste en haber creado sino en haber adaptado. Su tarea no fue la del académico ni la del pensador político, que no lo era, sino la del estadista práctico que supo elegir aquellos principios de organización que consideró los mejores y más adecuados para la felicidad de su pueblo.

Otra de las cláusulas de aquel documento entregado a los diputados afirmaba la libertad de puertos, una forma de afirmar la independencia comercial del país naciente y librarse de las odiosas leyes coloniales del monopolio así como de las futuras amenazas que ya se incubaban en el ámbito del centralismo porteño. Es sabido que Artigas soñaba con una federación, pero que al mismo tiempo desconfiaba del poder que pudiera ejercerse desde Buenos Aires, razón por la cual una de las instrucciones establecía que la sede de ese gobierno federal no debía ser en ningún caso la capital argentina.

Dos siglos después de aquel mandato entregado a los diputados orientales las ideas republicanas de Artigas están vigentes y deberían ocupar un sitial privilegiado en los cursos de historia y educación cívica que se imparten a escolares y liceales (los del liceo, que aquí sería el secundario). Es que las asechanzas contra el sistema democrático, que Artigas quiso prevenir con sus Instrucciones del Año XIII, no dejan de estar entre nosotros.

Los artículos de las Instrucciones suelen ser divididos en tres grupos:

  1. Los que se refieren a la organización general del estado.
  2. Los que se refieren a la organización particular de cada provincia.
  3. Los relativos a la Provincia Oriental.

Todos ellos, sin embargo tienen como base tres ideas fundamentales:

  1. Independencia, concebida como la separación nacional de todas las provincias del viejo virreinato platense respecto al poder colonial español.
  2. República, en oposición a las teorías monárquicas sostenidas por un sector de la dirigencia revolucionaria porteña.
  3. Federalismo, aplicado en dos etapas: una inicial confederación ofensivo-defensiva entre las provincias, para derivar luego en una constitución de un Estado federal.
  • El artículo primero busca la independencia de las provincias del poder español y desea cortar lazos de fidelidad con la familia real.
  • El artículo 2º consagra la igualdad de las provincias, una vez lograda la independencia de España, a través del pacto recíproco.
  • El 3º y 4º promueven la libertad civil y religiosa y tienen como objeto conservar la igualdad de los ciudadanos y de los pueblos; y sobre cuyas bases debería organizarse tanto el gobierno nacional como el provincial.
  • El 5º y 6º se refiere a que los poderes se debían organizar en un sistema de gobierno republicano, es decir, que el poder se ejercería a través del legislativo, ejecutivo y judicial y la independencia de estos.
  • El artículo 7º explica que las provincias tendrán un gobierno Federal, y se expresa que el gobierno supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado.
  • Los artículos 8º y 9º se refieren a los límites de la Banda Oriental, por los que se reclaman los siete pueblos de la Misiones Orientales.
  • El artículo 10º habla de la confederación y de la protección que se deben entre sí las provincias.
  • Los artículos 12º y 13º mencionan sobre la habilitación de puertos.
  • El 14º menciona las tasas arancelarias, donde no existirán preferencias.
  • El 16º trata sobre el régimen de organización interna de cada provincia, mencionando que cada provincia tendrá su propia Constitución.
  • El 17º y 18º regulan la milicia de cada provincia y las potestades de cada una para nombrar oficiales y reglar la milicia, a fin de evitar el despotismo militar. Para ello el 17 establece la inviolabilidad del derecho de los pueblos a guardar y tener armas.
  • El 19º es el que genera más enfrentamiento con la élite que gobierna Buenos Aires, ya que establece que el sitio de residencia del gobierno «precisa e indispensablemente», ha de ubicarse fuera de Buenos Aires.
  • El 20º establece que el gobierno central tendrá que prestar toda su atención para «preservar a la Provincia las ventajas de la libertad y mantener un gobierno libre de piedad, justicia, moderación e industria».

DIARIO EL PAÍS (R.O.U.)

Sobre el Autor

Carlos Suarez
Periodista egresado del ISET N° 18 "20 de Junio" de Rosario, S.F. en 1990. Participó del Primer Congreso Internacional de la Comunicación y el Periodismo en 1998. Colaboró con el programa LA OREJA de Radio Rivadavia conducido por Quique Pesoa en 1992. A partir del 1 de octubre de 2018 condujo VIVA LA MAÑANA por Radio Viva 104.9 de Federación, E.R. En este 2019/2020 administra y redacta en esta página Federación al Día. A partir del 29 de junio de 2020 volvió a FM Stereo 99.3 con el clásico "Demasiado temprano para mentiras", desde las 7 de la mañana. En marzo de 2021 comenzó el nuevo ciclo "La Mañana de Uno" por la 106.1, de lunes a viernes y de 9 a 12 de la mañana.

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