La abogada de Federación Antonella Bruni logró un precedente histórico nunca antes visto en Federación. Se trata de la sentencia a un padre por no cumplir con la cuota alimentaria de su hijo. La letrada -en diálogo con Radio City Federación-, explicó lo importante de poder llevar justicia ante un caso donde se ve fuertemente afectado un menor que no recibía las obligaciones por parte de su padre. Se logró que el denunciado no pueda salir del país, ingresar a clubes de Federación en fútbol o espectáculos públicos como también la prohibición para manejar vehículos.
Un fallo sin precedentes que lleva esperanza a muchas madres que luchan por conseguir se cumpla con la obligaciones del padre.
Si estas en la misma situación Antonella Bruni atiende en calle Belgrano 266 Tel 3454338960.
EL FALLO REZA – RESUELVO:
1.- HACER EFECTIVOS los apercibimientos impuestos, según intimación ordenada en fecha 27/02/25 y efectivizada en fecha 11/03/25, conforme los fundamentos expresados. En consecuencia:
A) ORDENAR la SUSPENSION de la Licencia nacional de conducir automotores y motovehículos extendida a nombre del Denunciado , ciudadano argentino, domiciliado en la ciudad de Federación, provincia de Entre Rios, hasta tanto el mismo de cumplimiento a las obligaciones alimentarias respecto de su hijo.
LIBRAR OFICIO a la Municipalidad de Federación – Dirección de Inspección, a los efectos de su toma de razón,
B) ORDENAR la PROHIBICIÓN de salir de la República Argentina al Sr. argentino, domiciliado en calle de la ciudad de Federación, provincia de Entre mismo de cumplimiento a las T obligaciones alimentarias respecto de su hijo LIBRAR OFICIO a la Dirección Nacional de Migraciones. a los efectos de su toma de razón.
C) ORDENAR la PROHIBICIÓN de ingreso del denunciado, argentino, domicillado en la ciudad de Federación, provincia de Entre Rios, a espectacuros rutbolísticos realizados en la ciudad de Federación, hasta tanto el mismo de cumplimiento a las obligaciones alimentarias respecto de su
LIBRAR OFICIO a la Jefatura Departamental de Federación, a fin de que incluyan al alimentante deudor en la lista de personas con acceso restringido a tales espectáculos, que se desarrollan en el Club Deportivo Cosmos, Club Deportivo América, Club Social y Deportivo Federación, Club Atlético Estudiantes, Club Social y Deportivo Almirante Brown y Club Policial Federación.
2.- HACER SABER a la actora que debe proporcionar los datos faltantes, conforme contestación del Registro de deudores alimentarios. para que pueda efectivizarse la inscripción ordenada.
3.- HACER SABER a la actora que la confección de los despachos ordenados en los puntos que anteceden queda a su cargo, y que se encuentra facultada para su diligenciamiento una vez librados,
4.- De la liquidación practicada, CORRER TRASLADO al alimentante, por el plazo de ley.
5.- NOTIFIQUESE mediante cédula, cuya confección queda a cargo de la actora. A lo demás, oportunamente.
Dra. María Solange Bourlot. Jueza de Paz Suplente.-