LAS EMBARAZADAS PODRÁN IR A TRABAJAR HASTA 10 DÍAS ANTES DEL PARTO.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció este lunes que aquellas personas que soliciten la Asignación por Maternidad pueden elegir seguir en actividad hasta 10 días corridos antes de la fecha de parto y conservar los días restantes para después del nacimiento, hasta alcanzar los 90 que permite la ley.

«En el marco de la Ley 27.742 (Ley Bases), las trabajadoras en relación de dependencia que soliciten la Asignación por Maternidad ahora pueden elegir seguir en actividad hasta 10 días corridos antes de la fecha de parto y conservar los días restantes para después del nacimiento, hasta alcanzar los 90 que permite la ley», señalaron en un comunicado.

«La fecha de la licencia debe ser informada previamente al empleador, a partir de las 12 semanas de embarazo, con la presentación de un certificado médico en el que conste la fecha probable de parto y el tiempo de gestación», agregaron. 

En esta línea, desde el Gobierno nacional precisaron que la persona interesada debe iniciar la solicitud ante la entidad presentando el Formulario PS. 2.55 completo y firmado. 

«Es importante que la persona comience el trámite de la asignación antes de comenzar la licencia, ya que seguirá cobrando normalmente su sueldo bruto (sin descuentos). Puede realizarlo personalmente en cualquier oficina de ANSES, con turno, o mediante la modalidad Atención Virtual», concluyeron desde el organismo.

Mientras la asignación es una suma equivalente al sueldo sin descuentos, la licencia es el periodo de tiempo al que todo cuerpo gestante tiene derecho por ley.

A partir de las 12 semanas de embarazo, la persona interesada tiene derecho a solicitar la Licencia por Maternidad. Esta licencia se solicita al empleador con un certificado médico donde conste la fecha probable de parto y las semanas o meses de gestación.

A su vez, se debe informar como se prefiere tomar la licencia: se puede trabajar hasta 10 días corridos antes de la fecha de parto y tomar los 80 días restantes después del nacimiento de tu hijo.

En tanto, una vez que se haya acordado la Licencia por Maternidad con el empleador, se puede solicitar la Asignación por Maternidad en ANSES, que se debe tramitar antes de iniciar la licencia para seguir cobrando el sueldo bruto correspondiente.

Antes de los cambios, la persona embarazada debía tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (según certificado médico), o 30 días antes y 60 días después. En tanto, si el parto se adelantaba, se tenían que cumplir los 90 días. 

Sobre el Autor

Carlos Suarez
Periodista egresado del ISET N° 18 "20 de Junio" de Rosario, S.F. en 1990. Participó del Primer Congreso Internacional de la Comunicación y el Periodismo en 1998. Colaboró con el programa LA OREJA de Radio Rivadavia conducido por Quique Pesoa en 1992. A partir del 1 de octubre de 2018 condujo VIVA LA MAÑANA por Radio Viva 104.9 de Federación, E.R. En este 2019/2020 administra y redacta en esta página Federación al Día. A partir del 29 de junio de 2020 volvió a FM Stereo 99.3 con el clásico "Demasiado temprano para mentiras", desde las 7 de la mañana. En marzo de 2021 comenzó el nuevo ciclo "La Mañana de Uno" por la 106.1, de lunes a viernes y de 9 a 12 de la mañana.