EL OFICIALISMO APROBÓ EN DIPUTADOS EL PROYECTO DE LEY DE EMERGENCIA SOLIDARIA.

El oficialismo en la Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobó el proyecto de Ley de Emergencia Solidaria, promovido por el gobernador Gustavo Bordet. El texto, que ahora pasa a la Cámara de Senadores, supone una reforma del sistema previsional, con un aumento de los porcentajes de aportes personales y la quita en los beneficios.

La iniciativa dispone un aumento progresivo de los aportes personales para trabajadores, funcionarios, legisladores y jubilados que cobren más de 75 mil pesos a fin de sostener el déficit de la Caja de Jubilaciones; y también prevé que los propietarios de campos de más de 1.000 hectáreas, los bancos y las entidades financieras paguen una contribución especial, recordó Entre Ríos Ahora.

El debate, que comenzó a las 11 y terminó poco antes de las 16 de este miércoles, se realizó con la mayoría de los legisladores por videoconferencia; mientras que el presidente, los secretarios y los titulares de los bloques estuvieron en el recinto.

Como se esperaba, el proyecto fue aprobado por los 20 diputados del oficialismo y obtuvo el rechazo de los 14 legisladores de Juntos por el Cambio. La sesión se estiró por los extensos discursos en los que hubo defensas y rechazos al proyecto.

En su artículo 2° del proyecto se establece que la Ley es de “orden pública”, que supone que la norma empieza a regir desde el momento de su promulgación.

El proyecto del Poder Ejecutivo cuenta de 12 artículos, de los cuales uno es de forma. En el punto primero se declara el “estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, sanitaria, administrativa, y previsional en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, con el propósito de asegurar el cumplimiento de las funciones inherentes al Estado provincial y la normal prestación de los servicios públicos”.

La emergencia se extenderá hasta el 30 de junio de 2021, prorrogable por única vez mediante decreto del Poder Ejecutivo Provincial por 180 días en caso de que a su criterio se mantenga la situación de emergencia.

El artículo 4° estipula que para sostener el sistema previsional los aportes personales se calculará “sobre el total de la remuneración liquidada al personal en actividad según el siguiente esquema:

Salario nominal: a) hasta $75 mil, 16% de aportes personales; b) desde $75.001 a $100 mil, aportes personales del 18%; c) desde $100.001 a $200 mil aportarán el 20%); d) desde $200.001 en adelante aportarán el 22%.

Hoy, según la Ley Previsional N° 8.732, el aporte personal a la Caja de Jubilaciones es del 16%, e igual porcentaje es el aporte del Estado como empleador, con lo cual la suba propuesta sobre los salarios produce quitas que van del 2% al 4%.

En cambio, se mantiene el aporte jubilatorio para el personal de la Policía, que es del 18%, según el Reglamento General de la fuerza, según la Ley N° 5.654, del año 1974, en tanto los haberes de los efectivos policiales no supere los $100 mil. Por encima de ese monto, se aplicará el mismo esquema que para el resto de la Administración: desde $100.001 a $200 mil aportarán el 20%); y desde $200.001 en adelante aportarán el 22%.

Igual criterio que el de la Policía se aplicará para el personal del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, cuyo régimen está comprendido en la Ley N° 5.797.

En el punto 6 del proyecto de Bordet se establece los porcentajes de los aportes “solidarios extraordinarios” para cubrir el déficit de la Caja de Jubilaciones. Serán calculados en forma proporcional al nivel de ingresos, a detraer sobre el monto total nominal liquidado a cada uno de los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.

Quienes tengan un salario desde $75.001 a $100 mil aportarán un 4%; desde $100.001 a $200 mil un 6%; desde $200.001 a $300 mil un 8% y desde $300.001 en adelante aportarán un 10%.

El artículo 7° modifica el Código Fiscal, concretamente el artículo 160°. “Para las Entidades Financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias, la base imponible estará constituida por el total de la suma del haber de las cuentas de resultados, no admitiéndose deducciones de ningún tipo”, será la nueva redacción.

En el punto 8 del proyecto se dispone modificar la Ley Impositiva 9.622, para la actividad de “Comercio mayorista de medicamentos para uso humano”, la que quedará fijada en 4%, mientras dure la emergencia establecida por la presente ley.

En el artículo 9° se establece un aporte extraordinario equivalente al 10% del impuesto inmobiliario anual, aplicable a los inmuebles de la planta 6 y 7, cuya superficie sea igual o superior a 1.000 hectáreas.

En el punto décimo se suspende durante la vigencia de la emergencia las facultades que por cualquier normativa hayan sido atribuidas al Poder Legislativo, al Poder Judicial, a los Entes Descentralizados, Autárquicos, Autónomos, Empresas y Sociedades del Estado para “el incremento de haberes cualquiera fuera el concepto o denominación, por fuera de lo que pudiere acordarse en el marco de las Paritarias de la Administración Central”.

 

Sobre el Autor

Carlos Suarez
Periodista egresado del ISET N° 18 "20 de Junio" de Rosario, S.F. en 1990. Participó del Primer Congreso Internacional de la Comunicación y el Periodismo en 1998. Colaboró con el programa LA OREJA de Radio Rivadavia conducido por Quique Pesoa en 1992. A partir del 1 de octubre de 2018 condujo VIVA LA MAÑANA por Radio Viva 104.9 de Federación, E.R. En este 2019/2020 administra y redacta en esta página Federación al Día. A partir del 29 de junio de 2020 volvió a FM Stereo 99.3 con el clásico "Demasiado temprano para mentiras", desde las 7 de la mañana. En marzo de 2021 comenzó el nuevo ciclo "La Mañana de Uno" por la 106.1, de lunes a viernes y de 9 a 12 de la mañana.

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